Los beneficiarios de algún subsidio de asistencia social y/o programa de Empleo y/o programa de Acción Social de nivel Nacional, Provincial o Municipal, tendrán derecho a solicitar la eximición de la Tasa por Servicios Generales. Para ello deberán concurrir ante la Secretaría de Desarrollo Social, sita en Juan Manuel de Rosas 4358 de San Justo donde se les instruirá sobre los términos de la Ord. Nº 13766/04 y se les entregará a los fines de ser completado, el formulario de solicitud en carácter de Declaración Jurada.
Eximición 2011 de la Tasa por Servicios Generales
A partir del mes de febrero los jubilados y pensionados que cumplan con los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 19.296/09, podrán iniciar el trámite de “solicitud de eximición de la Tasa por Servicios Generales”.
EL TRÁMITE ES PERSONAL Y GRATUITO
Para mayor información llamar al Tel: 4651-0101al 09 int. 365
Los titulares de comercios básicos y de industrias de 1ra. Categoría, con potencia instalada menor a 15 HP, podrán solicitar la eximición de la Tasa por Habilitación. Informes en la Dirección de Recaudación – ventanillas Nº 31 y 32.