Licencia Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas
Para la distribución, suministro, venta, expendio a cualquier título, depósito, exhibición de bebidas alcohólicas, en cualquier hora del día, será necesario estar inscripto en el Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas (Ley N° 13.178). Para la inscripción en éste registro se requiere contar con la "Licencia Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas".
Categorías comerciales
- La Categoría A comprende a los Distribuidores los cuales deberán abonar un canon anual de $500.
- La Categoría B está destinada a la comercialización de 8 a 23 horas. A su vez se divide en:
- B1, para todos los comercios excepto B2, que deberán abonar un canon anual de $150.
- B2 que engloba a todos aquellos comercios comprendidos en la Ley 12.573 de grandes superficies, los cuales a diferencia de los primeros, deberán pagar $500.
- La Categoría C, están los comercios que expenden bebidas alcohólicas de 23 a 8 horas. Dentro de la misma hay tres categorías que abarcan:
- C1, pizzería, restaurant, parrilla y similares (canon anual de $150).
- C2, bares, pubs, cervecerías y finalmente (canon anual de $500).
- C3, confiterías bailables etc. (canon anual de $1500).
- La licencia tendrá una validez anual; cumplido ese plazo se deberá solicitar su renovación con una anticipación de 60 (sesenta) días corridos anteriores a su vencimiento. Se entregará sólo una Licencia por cada establecimiento comercial.
Centros de información
- Centro gratuito de atención: 0-800-222-ReBA (7322)
- Centro de Información: www.sada.gba.gov.ar
Lugares y horarios de Atencion
- Dirección de Control Urbano, Almafuerte 3050, San Justo
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